La viuda de Granado, Pilar Vaquerizo, y Francisco Delgado, hermano de Joaquín, ya obtuvieron un pronunciamiento favorable del Constitucional en 2004, cuando el TC obligó al Supremo practicar las pruebas propuestas en el recurso de revisión antes de decidir si lo admitía o no.
Realizadas las diligencias, la Sala de lo Militar ha vuelto a denegar la autorización para formalizar el recurso. En un auto dictado el 18 de diciembre por tres votos frente a dos, el Supremo afirma que « los testigos no nos ofrecen credibilidad ni sus relatos pueden reputarse verosímiles, sin que tampoco se haya aportado prueba real alguna que pudiera acreditar mínimamente la participación material de Martín y Hernández » en los hechos atribuidos a Granado y Delgado.
Antonio Martín y Sergio Hernández, que también eran activistas de la Federación Ibérica de Juventudes Libertarias y se refugiaron en Francia, son las dos personas que se han confesado autoras de la colocación de sendas bombas en la Dirección de la Seguridad y en la Delegación Nacional de Sindicatos, hechos por los que Granado y Delgado fueron detenidos, juzgados y condenados en 16 días por un consejo de guerra franquista.
La demanda de amparo, preparada por el letrado Francisco García Cediel, sostiene que la decisión del Supremo vulnera los derechos a la tutela judicial efectiva y a la defensa.
El recurso imputa al auto del Supremo una interpretación tan « rigorista, formalista y prejuiciosa » que, en la práctica, equivale a la negación del valor justicia.
« En este momento procesal, no es preciso apreciar si existen pruebas indubitadas suficientes que evidencien el error del fallo, sino si hay una base prima facie [a primera vista] bastante para dar curso a la revisión, pues de lo contrario se solaparían ambas fases, la de autorización para el recurso y la de su formalización », indica la demanda, que sostiene que los testimonios prestados ante el Supremo « fueron coherentes » y no incurrieron en « contradicciones relevantes ».
En todo caso, añade, « si la mayoría de la Sala entendía que entre los testigos existían contradicciones debió volverlos a citar o someterlos a careo. Pero no utilizar cualquier posible punto secundario oscuro para apresurarse a desestimar » la revisión.
La demanda subraya que Delgado y Granado « fueron condenados en un proceso injusto, sin derecho a tribunal independiente, ni a la defensa de un letrado de su elección, ni a la presunción de inocencia. La sentencia (basta leerla) no hace valoración de prueba alguna », por lo que expresa su « estupefacción » ante la afirmación del Supremo de que el proceso no estuvo ayuno de prueba contra los dos ejecutados.
MARIA PERAL
Diario El Mundo