La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha denegado la revisión de la condena a muerte impuesta al capitán de Infantería Luis Casado, que fue fusilado en Melilla en junio de 1936 por negarse a secundar la rebelión contra el Gobierno de la II República. La Sala ha decidido, por tres votos a favor y dos en contra, que no puede revisarse esta condena porque se llevó a cabo al margen de la legalidad y no existe ningún proceso judicial que pueda ser estudiado por el Tribunal.
Al margen de cualquier procedimiento legal
Según informó el diario La Vanguardia, la resolución del Supremo se basa en que no hubo una sentencia propiamente dicha para la ejecución de Casado, y tampoco un consejo de guerra, sino que fue fusilado por sus compañeros de armas en base a una decisión tomada por un grupo de catorce jefes militares. Estos, según la sentencia, obraron “al margen de cualquier procedimiento judicial previsto en la legislación vigente”
No hay sentencia que revisar
Por este motivo, al no existir una base legal del fusilamiento, la Sala de lo Militar explica que no puede revisar actuaciones al margen de la ley, sino solo sentencias legales. Además, el texto añade que al condenado no se le atribuyó un delito concreto, sino que se le ejecutó por “determinadas ideas políticas y diversas actuaciones en contra del levantamiento militar”.
“Acto de fuerza de extrema violencia”
La sentencia expone también que “estamos ante un acto de fuerza de extrema violencia enmarcado en una actuaciones que ni siquiera pueden ser calificadas de simulacro judicial, y en las que en ningún momento se valoraron jurídicamente los hechos”. La Sala admite incluso que la ejecución fue “una injusticia”, porque “no se siguió procedimiento judicial alguno que pudiera servir de mínima cobertura a la ejecución que decidieron realizar por vía de hecho”.
Voluntad de juzgar
Esta sentencia, en respuesta a una petición de los hijos de Casado para que se revisara la ejecución de su padre, ha contado con tres votos a favor y dos en contra, y recuerda que los militares que tomaron la decisión de fusilar al capitán dejaron constancia de su voluntad de “juzgar la acción antipatriótica, antimilitar y disolvente ejercida por el capitán”, aunque dicho proceso nunca se llevó a cabo.
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