FECHA

CGT reprueba la no revisión de la sentencia del caso Granado-Delgado
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La Confederación General del Trabajo, tras conocer la noticia de que, tras dos días de deliberación y por un voto de diferencia, la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo ha denegado la revisión de la sentencia dictada por el Consejo de guerra sumarísimo que en 1963 condenó a muerte a los anarquistas Francisco Granado y Joaquín Delgado, quiere manifestar su más enérgica repulsa ante esta negativa por considerarla una “decisión política” que, una vez más, deja sin justicia a las víctimas de la dictadura franquista : un régimen capaz de condenar a inocentes, consciente de su inocencia, con el único objeto de perpetuarse a través del terror.

En espera de conocer el tenor de la resolución y del voto particular de los dos magistrados discrepantes, para demostrar el no respeto de la normativa jurídica en vigor sobre revisión de sentencias, denunciamos el carácter político de la decisión tomada por los magistrados Ángel Calderón, Javier Juliani y Agustín Corrales dando mayor crédito al montaje acusatorio de la policía franquista que a las declaraciones de los verdaderos autores de las acciones por las cuales fueron condenados y ejecutados Granado y Delgado, que siempre negaron ser los responsables. Declaraciones confirmadas por los coordinadores de Defensa Interior, el organismo que la propia policía y prensa franquistas presentaron como organizador de aquellas acciones.

Hasta ahora el Supremo había desestimado los recursos de revisión por no estar fundados en la presentación de un “hecho nuevo”. Esta fue la razón argüida recientemente por estos tres magistrados para denegar la instrucción del recurso de revisión del juicio que condenó a muerte a Joan Peiró en 1942. Sin embargo, ahora, los mismos no quieren tomar en consideración el “hecho nuevo” que representa el testimonio de los dos verdaderos autores de los hechos de 1963. Y ello a pesar de que el Tribunal Constitucional sí tomó en consideración este “hecho nuevo” para amparar en 2004 a las familias de Granado y de Delgado contra el primer Auto del Supremo denegando, en 1999, el recurso de revisión presentado en 1998 por estas familias.

No cabe pues la menor duda de que la decisión de estos tres magistrados esta motivada por evidentes razones ideológicas (reconocer a la dictadura franquista como la “legalidad de la época”) y no por razones jurídicas. En este sentido, el Tribunal Supremo no decide en función de la actual jurisprudencia sobre revisiones y se sitúa fuera de lo que en los países democráticos se entiende como Estado de Derecho.

La Confederación General del Trabajo considera que esta desafortunada decisión de la sala de lo Militar del Tribunal Supremo condena nuevamente la memoria de nuestros compañeros y viene a conferir legitimidad a un ordenamiento jurídico ilegítimo.


P.-S.

Gabinete de Prensa Confederal

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