FECHA

Antonio Somoza. Los juicios franquistas
La anulación de las sentencias franquistas que condenaron a la muerte o a largos periodos de cautiverio a cientos de miles de compatriotas en plena Guerra Civil y durante toda la Dictadura ha sido desde siempre uno de los principales anhelos de los familiares de fusilados y represaliados y se ha convertido en motivo de discordia en la aprobación de la ley que aborda este tema y que en el primer día de su tramitación parlamentaria ha visto rechazadas las enmiendas que reclamaban esa medida.

El texto remitido por el Gobierno no prevé la anulación de todas las sentencias y sólo deja abierta la puerta a la revisión individualizada, porque, según los autores del proyecto de ley, la anulación general no es posible dentro de nuestro ordenamiento jurídico que, al parecer debe ser muy distinto al alemán puesto que allí sí que se anularon todas las sentencias dictadas por tribunales nazis.

La solución individualizada no nos sirve por varios motivos, porque millares de fusilados no tienen a nadie que pueda reclamar su rehabilitación (muchos de los fusilados no tenían hijos y difícilmente nadie podrá velar por su honor 70 años después de su muerte) y porque la experiencia de las solicitudes individualizadas es frustrante.

Como muestra reciente, el Tribunal Supremo acaba de ilustrarnos con un ejemplo claro. La sentencia de la Sala de lo militar del Tribunal Supremo, denegando la posibilidad de revisión de la sentencia de los anarquistas Delgado y Granados, detenidos, interrogados, juzgados, condenados y ejecutados, en el plazo récord de 19 días, desde que explotaron las bombas, el 29 de julio, hasta que se ejecutó la sentencia, el 17 de agosto de 1963, que había sido dictada cuatro días antes, el 13 de agosto. Y no ha aceptado la revisión de la sentencia a pesar de la aparición de nuevas pruebas que exculpaban completamente a los condenados, como la confesión de los auténticos autores de la colocación de los explosivos en la Dirección General de Seguridad y unos locales del sindicato vertical franquista.

Esta no es una decisión excepcional, antes al contrario es la norma de todas las peticiones que se han realizado en casos como los de Julián Grimau o Salvador Puig Antich.

Y es difícil de entender que nuestro ordenamiento jurídico impida la anulación de las sentencias, porque nuestro ordenamiento jurídico no puede ir contra la lógica, contra la razón y contra sus propios principios. Ningún aspecto jurídico, ni el ordenamiento ni la práctica, debería convertirse en un obstáculo insalvable para la consecución de la Justicia o para resarcir de una injusticia.

Si ya es difícil sostener que un juicio como el de Delgado y Granados, celebrado en el año 1963, se atuviera a las mínimas garantías jurídicas para los acusados, condenados y ejecutados (en 19 días todo ello, no lo olvidemos) ; en los miles de casos de ajusticiados durante la guerra y en los primeros años de postguerra la realidad es sangrante. Esa falta de garantías jurídicas debería ser suficiente para no seguir amparando bajo el manto de la Justicia actuaciones que son cualquier cosa menos Justicia.

Pero es que además, es difícil mantener la legalidad de miles de condenas « por alzarse/colaborar contra el legítimo Gobierno de Burgos », salvo que el Estado de Derecho actual considere legítimo al Gobierno de Burgos, surgido de un alzamiento militar, y no al sustentado en la Soberanía Popular.

Asegura el PP y muchos medios de comunicación y opinadores de diverso signos, que sacar este tema adelante es reabrir las heridas del pasado, pero esas heridas no se pueden reabrir porque ya están abiertas y así seguirán mientras continúen los muertos en las fosas comunes de cementerios, montes y cunetas y mientras se mantenga la ignominia de considerar legalmente traidores a los que defendieron la legalidad democrática.

La reciente muerte del dictador Pinochet en Chile ha vuelto a poner en evidencia las diferentes salidas a los periodos dictatoriales que se pueden dar e, incluso, el distinto papel que es capaz de jugar la justicia española. En el caso chileno fue la acción de juez español, Baltasar Garzón, quien puso en marcha los resortes jurídicos que permitieron imputar al dictador. Sin embargo, ningún juez en España se ha mostrado dispuesto, antes al contrario, ni siquiera a restituir el honor de miles de personas que fueron asesinadas en nuestro propio país.

Alguien podría pensar que la represión de Pinochet fue mucho más dura y amplia que la de los tribunales del franquismo, pero se equivoca. Sólo en el cementerio de San Rafael de Málaga fueron inhumados los restos de un número de fusilados similar al número de fusilados/desparecidos en todo Chile y según datos recientes, citados por Antony Beewor y Harmut Heine, cifran en 16.952, las personas que fueron condenadas a muerte y ejecutadas en la provincia de Málaga entre el 15 de febrero de 1936 y el 25 de agosto de 1944, cuatro veces más que las cifras manejadas en el caso chileno, y eso sin contar los fusilados sin juicio (unos 3.500 en la capital entre el 8 y el 14 de febrero, según las mismas fuentes), ni a los fallecidos durante la huida de la carretera de Almería.

Por cierto que esta laguna, no es la única de la ley. Tampoco se trata el problema de los desparecidos (la mayoría de los muertos en la carretera de Almería y los fusilados extrajudicialmente, entrarían en este capítulo) ni tampoco se pronuncia sobre la modificación o rectificación de los registros civiles, igual de importante que la anulación de las sentencias para la restitución del buen nombre de los asesinados.

Demasiadas heridas abiertas o mal cerradas durante demasiado tiempo. Ya es hora de cerrar definitivamente las heridas, pero, para ello, es imprescindible localizar y, si la familia lo desea, recuperar los restos de las fosas comunes y, sobre todo, es preciso restituir el honor de todos los que fueron condenados y ejecutados por la Dictadura.


Solo así cicatrizarán de verdad las heridas.

Si realmente queremos apostar por la Justicia, sólo cabe derogar unas sentencias palpablemente injustas y archivar los sumarios, no sin antes remitir copia de los mismos a las Facultades de Derecho para que sean usados como ejemplo de juicios sin garantías y presididos por la arbitrariedad.


Secretario General de CGT-A ANTONIO SOMOZA /SECRETARIO GENERAL DE CGT-A


Diario Sur

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